Con la participación de representantes de los Ministerios de Transportes, Economía y Finanzas; OSIPTEL y FITEL se terminó de afinar el proyecto de la Ley General de Telecomunicaciones que impulsa el legislador Mesias Guevara Amasifuen (AP-FA), coordinador del grupo de trabajo que ve el tema de Comunicaciones y Telecomunicaciones, conformado por la Comisión de Transportes y Comunicaciones.
“Esperamos que en 15 días más se ingrese la propuesta a la Comisión de Transportes para su debate y dictamen. El sector de las telecomunicaciones necesita un marco legal moderno, no como el que actualmente tenemos”, sostuvo.
“Es importante esto porque se pone un marco de ley ante nuevos conceptos. Por ejemplo, hoy nos quejamos de la proliferación de antenas. En esta ley estamos incorporando los principios de compartir la infraestructura. Es decir, en una sola torre varios operadores pueden poner sus propias antenas”.
“Están también los temas de convergencia y neutralidad de red para fomentar la competencia y evitar monopolios, además de la defensa de los usuarios y calidad de la red”.
“Asimismo, estamos proponiendo metas y objetivos claros a los operadores que adquieran por concesión o adjudicación, una banda de frecuencias a nivel nacional, su inversión no es equitativa o no es proporcional en todas las regiones, se concentran en aquellas de alta rentabilidad, pero no hacen inversión en aquellas donde no hay concentración de población. Por eso encontramos que en Lima y Callao se concentra el 70% y hay regiones donde apenas se llega al 2 ó 3 %.(de instalación de servicios telefónicos). El país necesita con urgencia una Ley General de Telecomunicaciones”, explicó.
Alcances del proyecto
El proyecto de ley, tiene por objeto la regulación de las telecomunicaciones que comprende el uso y aprovechamiento de las redes y la prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas y de la comunicación vía satélite.
Su aplicación es para toda persona natural o jurídica que realice actividades y/o servicios de telecomunicaciones, información y explotación del espectro radioeléctrico. Se rige por los principios y las disposiciones de la Constitución Política del Perú, tratados y acuerdos internacionales donde el Perú es parte.
Quedan excluidos del ámbito de esta Ley los servicios de radiodifusión que se rige por su propia norma y aquellos servicios de telecomunicaciones declarados expresamente exceptuados por esta Ley.
Se entiende por telecomunicaciones toda transmisión, emisión o recepción de signos, señales, escritos, imágenes, sonidos o informaciones de cualquier naturaleza, por hilo, radioelectricidad, medios ópticos, u otros medios electromagnéticos afines inventados o por inventarse.
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