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El 21 de mayo de 2013, la Agencia Agraria de Noticias del Ministerio de Agricultura (Minag) publicó en su portal web las declaraciones del ministro Milton Von Hesse, quien manifestaba que en la selva peruana existen más de 600,000 hectáreas identificadas, evaluadas y catastradas con potencial para cultivos de  palma aceitera. Asimismo, señaló que la instalación de palma aceitera se da “principalmente en zonas deforestadas o con aptitud forestal pero no en bosques primarios”.
Sin embargo, el Informe Técnico N° 35-2013-AG-DVM-DGAAA-DERN-66728-13 de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del Minag, sostiene que dicho sector “no cuenta con un catastro de tierras ni ha identificado las tierras deforestadas para la instalación de cultivos agroenergéticos”, contradiciendo lo manifestado por el ministro Von Hesse, señaló la Sociedad Peruana de Ecodesarrollo (SPE).
Adicionalmente, el Oficio N° 0777-2013-AG-SEGMA-UGD de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios de dicho portafolio, señala que conforme a lo indicado mediante Decreto Supremo N° 015-2000-AG, que solo cuentan con un mapa de tierras con aptitud para cultivo de palma aceitera actualizado a 2001, a escala 1: 2’000,000, y por tanto es considerado un documento “de carácter general, preparado para dar una idea aproximada de la ubicación de las tierras con aptitud para este cultivo a nivel nacional”, corroborando que el Minag no cuenta con estudios de suelos detallados para la implementación de monocultivos de palma aceitera, pese a lo cual viene promoviendo su instalación en áreas boscosas, agrega el documento.
“Las política de promoción de cultivos agroenergéticos y de expansión agrícola en la amazonía peruana lideradas por el Ministerio de Agricultura, y en específico del cultivo de palma aceitera, viene propiciando la deforestación de áreas boscosas, el tráfico de tierras para fines agropecuarios u otras actividades que afectan la cobertura vegetal, el uso sostenible y la conservación del recurso forestal, situación contraria a la obligación constitucional que tiene el Estado de proteger el patrimonio forestal y de fauna silvestre de la nación y su diversidad biológica”, señala la SPE.
“Así, dentro del contexto de políticas orientadas a la expansión agrícola del cultivo de palma, se han propiciado una serie de reformas normativas, entre las que destaca la publicación del Decreto Supremo N° 015-2000-AG, que declara de interés  nacional la instalación de cultivos de palma aceitera con el objetivo, entre otros, de contribuir a la recuperación de suelos deforestados por la agricultura migratoria y por el desarrollo de actividades ilícitas en áreas de capacidad de uso mayor para el establecimiento de plantaciones de palma aceitera”, agrega.
En opinión del organismo ambiental, tanto el Ministerio de Agricultura como el Gobierno Regional de Loreto vienen  recepcionando diversas solicitudes para la adjudicación de más de 106, 213 nectáreas de tierras forestales con bosques primarios con el fin de habilitarlas para la instalación de monocultivos agroindustriales, a través de los mecanismos de redimensionamiento de Bosques de Producción Permanente (BPP) y adjudicación de terrenos mediante la compra-venta de los mismos.
“Frente a las evidentes contradicciones mostradas por el Ministerio de Agricultura, nuestra institución manifiesta su preocupación al observar que al amparo del Decreto Supremo N° 015-2000-AG, se vienen adjudicando grandes extensiones de terrenos para la instalación de monocultivos agroenergéticos de la amazonía peruana, sin observar que esta normativa también exige la aprobación de estudios que determinen las áreas deforestadas que cuenten con potencial para el desarrollo de las plantaciones de palma aceitera, los cuales deben identificar la capacidad de los suelos aptos para uso agrícola y determinar las áreas que cumplan con los requerimientos óptimos para el cultivo de palma aceitera”, afirma la SPE.
“Esta situación, aunada a que en el Perú no existe aprobado un catastro rural, ni forestal, ni de áreas deforestadas, propicia que la expansión de cultivos de palma aceitera constituya una amenaza latente para los bosques naturales, en tanto generan incentivos que promueven procesos masivos de deforestación, quema y ocupación de bosques primarios, afectaciones a territorios indígenas, entre otros, tal y como ya se viene denunciando en distintas regiones amazónicas del país, como es el caso de Loreto y Ucayali”, señala.
Finalmente, la Sociedad Peruana de Ecodesarrollo “exhorta al Ministerio Público a investigar las irregularidades y ausencia de las salvaguardas necesarias para evitar que las políticas de expansión agraria se convierta en un incentivo para la deforestación, la invasión de bosques y su conversión en áreas agrícolas, tráfico de tierras, entre otros ilícitos que afectan la integridad del patrimonio forestal y de la fauna silvestre nacional”.

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