El 24 de octubre del 2024, se logró obtener la partida de nacimiento de la dama indigente Celia Flor Pérez Becerra quien durante años estuvo no identificada para las autoridades y población que quería prestarle ayuda para que deje de estar marginada por la sociedad. Ahora el siguiente paso es la obtención de su DNI. Ella es víctima de violencia patrimonial y necesita ser atendida como toda mujer peruana. Todo ello partió de una cruzada publicada el 21 de octubre por el comunicador Edy Estrada Rivera[1] en su red social de facebook.
La ciudad de Bagua no es la excepción en casos de maltrato por parte de la sociedad de mujeres y varones a la mujer indigente cuyos derechos existen en la memoria olvidadiza o en un papel guardado. La ciudad de Bagua no es la excepción a lo que dice la Carta Universal de los derechos humanos[2] que atesora con meridiano lenguaje de que “todas las personas tienen derecho a la salud, la educación y el trabajo, de manera igualitaria y sin discriminación o al derecho que dice que toda persona debe tener acceso a una vivienda adecuada y segura, sin riesgo de desalojo, o al derecho que dice que “toda persona tiene derecho a disfrutar de una vida libre de violencia, sin estereotipos ni prejuicios.”
Con lenguaje fácil de entender, el 21 de octubre del 2024 se informó a la sociedad intercultural de Bagua el inicio de una cruzada a favor de esta dama indigente cuyo nombre se desconocía lográndose la respuesta inmediata de la Municipalidad de Bagua, la cual a través de su oficina de Registro Civil (a cargo de Lucio Julca Delgado) retomó un dato logrado de la misma indigente que su partida se encontraba en el distrito de Magdalena del Mar, en Lima, haciéndose la gestión inmediatamente.
No fue nuestra intención revictimizar a la dama indigente tampoco hacer un descargo de sus agresores sociales ni sus defensores sociales, sino nuestra intención fue motivar una reacción emocional suya favorable y también una reacción de sus supuestos familiares por el hecho de abandono como también una reacción de las autoridades.
La ley 30364[3] distingue cuatro tipos de violencia: Violencia física, Violencia psicológica, Violencia sexual y violencia patrimonial o económica. Este último tipo de violencia es aplicable al caso de la dama indigente puesto que en su numeral 3° dice que se puede aplicar a: limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna; así como la evasión del cumplimiento de sus obligaciones alimentarias;
En la nota informativa se mostró la imagen de la dama indigente para darle énfasis del caso a la cruzada. Luego de la publicación, se consiguió opiniones de los amigos seguidores y se logró la intervención de las autoridades, especialmente del alcalde Jabier Julón y los funcionarios de la oficina de Registro Civil de la Municipalidad de Bagua.
De acuerdo al acta de nacimiento expedido por la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, la dama indigente Celia Flor Pérez Becerra nació en el distrito de Cochán, provincia San Miguel, departamento de Cajamarca, el día 14 de octubre del año 1959 siendo hija de don Artemio Pérez Arribasplata y de doña Juana Becerra Terrones. Se desconoce cómo fue su llegada a Bagua y cuándo perdió sus capacidades sociocomunicativas. Se trata de una persona que merece un trato sin violencia de ningún tipo.
Durante más de una década la dama indigente se ha hospedado en la vía pública cerca a la plaza principal, junto al templo católico. Eventualmente desaparecía porque iba a vivir con unos supuestos familiares, pero generalmente vivía de la caridad de las personas. Sin embargo, ninguna autoridad logó ir más allá de una preocupación por su caso al punto que la dama indigente no contaba ni siquiera con su DNI para que las autoridades hagan un seguimiento familiar o patrimonial.
A raíz de la publicación, la Municipalidad emprendió una decidida acción lográndose primero la partida de nacimiento. Seguidamente, se ha emprendido un nuevo proceso de obtención de su DNI ante el RENIEC para luego proseguir con el reconocimiento familiar y con la gestión para su derecho patrimonial en el estado peruano con la ayuda que brinda el Programa social Juntos y otros de acuerdo al caso, ayuda que le servirá para su tratamiento médico, su alimentación y otras necesidades.
El derecho a la no violencia predomina en el sondeo de opinión de Calandria denominado “Percepciones Ciudadanas: las cifras de la desigualdad” realizado en febrero 2024 en Lima, Cuzco y Piura. Dicho sondeo concluye en tres derechos que tiene la mujer estando primero el derecho a una vida sin violencia (25.2%), luego el derecho a una familia (16.7%) y después el derecho a la educación (10.8%). Los demás derechos siguen con otros resultados. Es en ese contexto que se ha optado defender a esta dama indigente del derecho a una vida sin violencia, logrando el inicio de un proceso de reivindicación a su favor.
La nota informativa del 21 de octubre del 2024 se convirtió en un servicio de ayuda ciudadana contra la violencia contra la mujer porque rápidamente hubo reacciones de los ciudadanos que coadyuvaron a las decisiones de las autoridades. La ciudadana Elita Suarez Becerra indicó que primero se debe gestionar la creación de su acta de Nacimiento para que obtenga su DNI.
Esta nota informativa fue una historia de cambio con un caso positivo que, si bien es cierto aún no recae en ninguna sanción para los culpables de su abandono, permitió una mirada de la autoridad a la situación vulnerable de la dama indigente lográndose una decisión para determinar su identificación y así iniciar el proceso para que ella sea considerada una ciudadana más y una beneficiaria de los programas sociales.
En la
nota informativa, se pidió a las autoridades que se reúnan, ubiquen a la
familia de la indigente, e inicien un plan de acciones antes que nos caiga una
navidad más mirando indiferentes a esta abandonada mujer quien también merece
tener acceso a la justicia.
[2] La
Declaración Universal de los Derechos Humanos es un documento adoptado por la ONU
en su Resolución 217 A (III), el 10 de diciembre de 1948 en París.
[3] Ley 30364, ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Publicada el 23 de noviembre de 2015 en el diario El Peruano.
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