Para continuar con las labores de regularización de predios, el Ministerio de Vivienda modificó el reglamento de formalización de la propiedad a cargo de COFOPRI, mediante el DS Nº 015-2008-VIVIENDA.
Los cambios se refieren a las acciones de saneamiento físico; empadronamiento o verificación de los poseedores de lotes; publicación del padrón de poseedores; lotes de vivienda con áreas menores a 40 m2; otorgamiento del título de propiedad; afectación en uso de áreas destinadas a educación, salud, recreación pública, servicios comunales y otros fines, entre otros.
El empadronamiento y la verificación se realiza en cada uno de los lotes de la posesión informal. El primero, determina la persona que se encuentra en posesión del lote, condición en que ejerce la posesión, identificación de
sus titulares y constatación del uso, recabando la documentación pertinente. Este no genera derechos de propiedad.
El segundo, identifica la existencia de títulos emitidos por otras entidades que realizaron saneamiento físico legal, o contratos de transferencia de propiedad, estén registrados o no, a efectos de una eventual rectificación o actualización de datos, según corresponda, para su inscripción en el registro de predios.
La entidad formalizadora y de titulación en Amazonas (COFOPRI) fijará las características, contenido y el formato de las fichas de empadronamiento, de verificación y del instrumento de formalización requeridos.Fuente:
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