En dicho Documento Becerril Rodríguez, le hace recordar a DISTRILUZ, que la Región Amazonas está exonerado del cobro del IGV. beneficio que goza al amparo de la Ley N° 27030, ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, Norma restituida mediante ley N° 29742, que derogó además los Decretos Legislativos 977 y 978.
Ante tal situación y conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 96° de la Constitución Política del Perú, concordante con los artículos 22° y 87° del Reglamento del Congreso, el Parlamentario Amazonense pide a DISTRILUZ tomar las medidas correctivas , técnicas y legales que el caso amerita, bajo responsabilidad funcional, que permitirá a la población Amazonense gozar de la exoneración del pago del IGV, respecto de los servicios eléctricos que Electronorte S.A. brinda en dicha Región.





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