(Extraído de Resolución 377-2013-JNE)
CONCLUSIÓN
En
tal sentido, verificándose que no se cumplió con la legalidad del
procedimiento de vacancia del regidor Edwin
John Delgado Cabanillas, de acuerdo a los artículos los artículos 13 y 23 de la LOM y el artículo 21 de la Ley N° 27444, toda vez que no fue eficazmente convocado
a la sesión extraordinaria donde se declaró su vacancia, corresponde a este órgano colegiado declarar improcedente la solicitud
de convocatoria de candidato no proclamado presentada por Ferry Torres Huamán, alcalde de la Municipalidad Provincial
de Bagua, departamento de Amazonas.
Por lo
tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo primero.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de
convocatoria de candidato no proclamado presentada con fecha 19 de marzo de
2013, por Ferry Torres Huamán, alcalde de la Municipalidad
Provincial de Bagua, departamento de Amazonas.
Artículo segundo.- RECOMENDAR a que, en lo sucesivo, el concejo municipal de la Municipalidad Provincial
de Bagua adecúe sus procedimientos de vacancia a lo previsto en la Ley N.° 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, y sus actos de notificación, de acuerdo al
artículo 21 de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, y conforme a lo establecido en la presente resolución.
Regístrese,
comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
Comentario.-
Actualmente el Concejo provincial de Bagua tiene ocho regidores ante la solicitud de no asistencia del regidor John Delgado desde fines del año 2012. Mucho demora el trámite para que ingrese la accesitaria Karina Serrano. Aparte de la demora del mismo JNE en el proceso, se nota una negligencia de la autoridad edil en este tema
Comentario.-
Actualmente el Concejo provincial de Bagua tiene ocho regidores ante la solicitud de no asistencia del regidor John Delgado desde fines del año 2012. Mucho demora el trámite para que ingrese la accesitaria Karina Serrano. Aparte de la demora del mismo JNE en el proceso, se nota una negligencia de la autoridad edil en este tema
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