La Asociación Interétnica de la Selva Peruana – AIDESEP y el Instituto de Defensa Legal – IDL pidieron al Ministerio de Energía y Minas - MEM que informe si se cumplió con los procedimientos de consulta previa a los pueblos indígenas, antes de que se concrete la última adjudicación de lotes petroleros 182, 184, 180 (Cuenca Ucayali) y el lote 176 (Cuenca Marañón) a favor de las empresas Ecopetrol y Repsol-YPF.
AIDESEP y el IDL han pedido la información al Ministerio de Energía y si se ha realizado la consulta previa de acuerdo a la sentencia del Tribunal Constitucional que establece reglas jurídicas vinculantes sobre cómo implementar la consulta; así también, cuál ha sido la opinión de los pueblos indígenas.
Este pedido se suscribe después que el mismo ente estatal emitió una nota de prensa que menciona que se había seguido los procedimientos, citando normas que regulan los talleres informativos y no la consulta previa de la que exige el artículo 6 del Convenio 169, cuando lo que establece el TC es que cada vez que el Estado adopte decisiones administrativas susceptibles de afectar a los pueblos indígenas debe ser consultada y un taller informativo no es una consulta.
Según tres sentencias del TC, un acto administrativo que no consultado es inconstitucional y puede ser recurrible ante el Poder Judicial y, en su momento, invalidada. Aquí lo que corresponde, es que el ministro de Energía tome las medidas del caso, porque a través de una medida cautelar se puede suspender la medida y de persistirse en ella, invalidarse. (AIDESEP).
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